IDEA Centro de información tecnológica y propiedad industrial de Andalucía CITPIA

December 1, 2016 | Author: Gregorio Gil Peralta | Category: N/A
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1 IDEA Centro de información tecnológica y propiedad industrial de Andalucía CITPIA Organismo conce...

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IDEA Centro de información tecnológica y propiedad industrial de Andalucía CITPIA Organismo concedente Contexto y objetivos Beneficiarios Modalidades de apoyo Detalle de modalidades de apoyo

Criterios de valoración Vigencia y plazos Referencia legal Información y solicitud Documentación y modelos Preguntas frecuentes

Organismo concedente Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA

Contexto y objetivos El Centro de Información Tecnológica y Propiedad Industrial (CITPIA) de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA es un paquete de servicios tecnológicos a empresas, centros de investigación, investigadores y particulares. Dicho centro es socio colaborador de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), y reconocido por la Oficina Europea de Patentes como miembro de la Red PATLIB (Centros Europeos de Información de Patentes), así como por la Organización Mundial de la Propiedad Industrial (OMPI). El CITPIA ofrece intermediación para el registro de cualquier título de propiedad industrial: • • • •

Invenciones (patentes y modelos de utilidad). Marcas y nombres comerciales. Diseños industriales. Topografías de productos semiconductores.

Además se ofrecen los siguientes servicios: • • • • • •

Servicios de asesoramiento. Servicios de gestión. Servicios de búsqueda de información tecnológica. Servicios de vigilancia tecnológica. Actividades de divulgación. Informes a medida.

Beneficiarios CITPIA ofrece sus servicios a empresas, universidades y centros de investigación, centros tecnológicos y particulares.

IDEA Centro de información tecnológica y propiedad industrial de Andalucía CITPIA Infoempresa. “Guía práctica de ayudas e incentivos a la empresa en Andalucía.” La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2007-2013

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Modalidades de apoyo • Servicios de asesoramiento: • Información básica sobre estrategia de la propiedad industrial y orientación sobre la mejor opción de protección. • Asesoramiento en la redacción de solicitudes y resolución de problemas de tramitación. • Asesoramiento en materia de concesión de solicitudes de invenciones y de signos distintivos, así como en mantenimiento de derechos. • Asesoramiento en negocios jurídicos (cesiones y licencias) y escritos de oposición o suspensos a solicitudes. • Información sobre procedimientos internacionales de registro. • Servicios de intermediación con la OEPM

• Servicios de gestión: registro y tramitación de las solicitudes de los diferentes títulos de propiedad industrial, así como cualquier documento necesario para su obtención.

• Servicios de búsqueda de información tecnológica: • Búsquedas de documentos nacionales e internacionales de patentes para determinar el estado de la técnica así como la novedad de las invenciones. • Búsqueda de información científica nacional e internacional. • Búsquedas de antecedentes de signos distintivos • Entrega de los documentos completos de patentes y consultas en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial

• Servicios de vigilancia tecnológica (Unidad de vigilancia tecnológica ): • Informes de vigilancia tecnológica a medida. • Estudios sectoriales de vigilancia tecnológica.

• Actividades de divulgación: organización de jornadas de divulgación sobre propiedad industrial, vigilancia tecnológica y transferencia de tecnología.

• Informes a medida: • • • • •

Informe de patentes Informe de competidores Informe de oportunidades y tecnologías europeas. Informe de vigilancia tecnológica. Informe de anterioridades de marcas internacionales.

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• Informe de anterioridades de diseño industrial.

Detalle de modalidades de apoyo Informes a medida. Los informes de búsqueda de información tecnológica tienen como objetivo ofrecer un servicio de análisis del estado de arte de una determinada tecnología de interés para el solicitante. Los análisis del estado del arte consisten en búsquedas en fuentes de información tecnológica de parecidos / relevantes de la tecnología descrita en la solicitud. Dependiendo del tipo de información analizada se ofrecen los siguientes informes: • Informe de patentes. Informe que analiza el estado del arte mediante un análisis de patentes. Se identifican patentes parecidas a la tecnología descrita con el fin de ayudar al solicitante en determinar la patentabilidad de su tecnología. En casos de tecnología con alto nivel científico también se identifican publicaciones científicas. • Informe de competidores. Informe que analiza el estado del arte mediante un análisis de competidores. Se identifican empresas relacionadas con la tecnología descrita (empresas productoras / distribuidoras) con el fin de ayudar al solicitante a encontrar socios potenciales y/o empresas competidoras. • Informe de oportunidades y tecnologías europeas. Informe que analiza el estado del arte mediante un análisis de ofertas y/o demandas europeas de tecnologías y el historial, las convocatorias y las búsquedas de socios de proyectos europeos relacionados con la tecnología descrita. Sirve para identificar socios potenciales del ámbito europeo y posibilidades de participar en proyectos I+D europeos. • Informe de vigilancia tecnológica. Informe que combina el análisis del estado del arte contenido en los informes descritos anteriormente. Sirve para identificar todo el entorno tecnológico de una determinada tecnología.

Criterios de valoración No procede.

Vigencia y plazos Programa abierto de forma permanente.

Referencia legal No procede

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Información y solicitud Más información en Agencia IDEA. Servicio CITPIA - Sevilla • • • •

Agencia IDEA, C/ Leonardo Da Vinci, 17 A. 4109 2 Isala de la Cartuja (Sevilla). Teléfono: 955 030 725 / 955 030 700. Email: [email protected].

Servicio CITPIA - Granada • Edif. BIC Granada - Parque Tecnológico de la Salud, Avda. de la Innovación nº 1, 18100 Armilla (Granada). • Teléfono: 958 00 25 24. • Email: [email protected]

Documentación y modelos Contactar con los agentes identificados en "Información y solicitud".

Preguntas frecuentes ¿Por cuánto tiempo se concede una marca o un nombre comercial? Diez años desde la fecha de su solicitud. A los diez años la marca y/o el nombre comercial debe renovarse. La marca y/o el nombre comercial pueden renovarse indefinidamente.

¿Cuánto tarda la concesión de un derecho de Propiedad Industrial? El tiempo que transcurre hasta la concesión de un derecho de propiedad industrial depende de cada modalidad. Los plazos medios hasta la concesión son: Patentes, alrededor de 30 meses - Modelos de utilidad, aproximadamente 10 meses - Signos distintivos, 8 meses - Diseños industriales, 6-10 meses.

¿Qué ocurre con los países donde no se protege la patente? En los países donde el invento no está protegido, éste se considera de dominio público y cualquiera puede explotarlo libremente. De ahí la importancia de patentar en todos los países donde quiera comercializarse una invención.

¿Qué es la Propiedad Industrial y qué se puede proteger? Gracias a la Propiedad Industrial se obtienen unos derechos de exclusiva sobre determinadas creaciones inmateriales que se protegen como verdaderos derechos de propiedad. En España hay varios tipos de derechos de Propiedad Industrial: diseños industriales, marcas y nombres comerciales, patentes y modelos de utilidad y topografías de semiconductores.

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¿Cómo se puede obtener una patente con efectos en España? Para obtener una patente con efectos en España pueden utilizarse tres vías: nacional, europea e internacional.

¿Patentar, o no patentar? ¿Es una patente la mejor opción para proteger su invención? Si usted ha desarrollado un producto nuevo o proceso, debe tener en cuenta la opción de patentar y considerarla una parte de su estrategia de negocio. Una de las cuestiones clave para esta explotación la constituye la forma en que la empresa proteja los resultados de sus innovaciones, es decir, cómo evitar que terceros se puedan aprovechar de los esfuerzos realizados por la empresa innovadora. En general a las empresas se le presentan varias alternativas para la protección de sus inversiones en innovación. Una de ellas consiste en mantener los resultados en secreto, dando lugar al llamado "secreto industrial". La otra alternativa consiste en ampararse en la protección que ofrecen las leyes de propiedad industrial: patentes y modelos de utilidad.

¿Cómo debo hacer una solicitud de un derecho de propiedad industrial? Los documentos necesarios para solicitar la protección de un derecho de propiedad industrial difieren según la modalidad. De manera general se puede indicar que los datos mínimos para obtener una fecha de presentación son los siguientes: 1. Una declaración expresa o implícita de que se solicita el título 2. Datos que identifiquen al solicitante. 3. En el caso de las patentes y modelos de utilidad, una descripción y una o varias reivindicaciones. 4. En el caso de los signos distintivos y el diseño industrial, una reproducción del signo distintivo o del diseño industrial, junto con una indicación de los productos a los que se va a aplicar. A la solicitud presentada se le otorga día, hora y minuto de presentación y un número que identificará el expediente y no será nunca modificado. En el caso de que exista alguna irregularidad que impida otorgar una fecha de presentación, se notificará al solicitante para que subsane en los plazos que indique la ley para cada una de las modalidades de propiedad industrial, y en este supuesto, la fecha de presentación será la del día en que se haya recibido el escrito de subsanación. Si no subsana, la solicitud se tendrá por desistida.

¿Hay registros de la propiedad industrial independientes para cada una de las Comunidades Autónomas? En virtud del artículo 149.1.8 de la Constitución la competencia sobre propiedad Industrial e Intelectual es exclusiva del Estado. No obstante las Comunidades Autónomas podrían asumir competencias de ejecución como el examen formal de las solicitudes. Hasta el momento ninguna Comunidad Autónoma ha asumido tales competencias.

¿Quiénes pueden asesorarnos y ayudarnos en los trámites? ¿Hay personal de la Agencia IDEA dedicado a estas tareas? La presentación y tramitación de los derechos de Propiedad Industrial puede realizarse directamente por el solicitante o bien a través de un representante. Dicho representante normalmente es un Agente de la Propiedad Industrial deben poseer un Título Universitario de grado superior y superar un examen de aptitud ante la OEPM. Además deben depositar una fianza especial ante la OEPM, contratar un seguro de responsabilidad civil e inscribirse en el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial. En la Agencia IDEA hay personal que asesora a cumplimentar su solicitud pero no a redactar documentos de patentes

¿Un derecho de propiedad industrial concedido en España es válido en el extranjero? Los derechos de Propiedad Industrial son territoriales, lo que significa que sólo se tiene la protección en el territorio del país o países en los que se hubiera registrado. Para proteger los derechos de propiedad industrial en el extranjero sería

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necesario ir a cada uno de los países donde quiere obtenerse la protección. Existen acuerdos y tratados internacionales que facilitan las solicitudes y las concesiones de derechos de propiedad industrial con efectos a nivel comunitario o internacional: Marca Comunitaria, Marca Internacional, Patente Europea, Solicitud de Patente Internacional PCT, Diseños Comunitarios, Diseños Internacionales

¿Qué sucede si presento una invención en una exposición oficial? Dado que las leyes de Propiedad Industrial establecen siempre el requisito de ¿novedad¿ si se exhibe en una exposición oficial una invención, en forma de patente, marca o diseño, y posteriormente se hace una solicitud de derecho de Propiedad Industrial, podría negarse su concesión por falta de novedad. Por ello se establece que si durante los 6 meses anteriores a una solicitud de patente, marca o diseño se acude a una exposición, puede solicitarse un certificado oficial que después se presentará en la solicitud del correspondiente derecho de propiedad industrial, y que impedirá que se pueda alegar esta falta de novedad. El derecho de marca sólo se adquiere mediante su registro siempre que la misma no incurra en prohibiciones absolutas, derivadas de la propia naturaleza del signo que se trata de adoptar como marca y siempre que, a su vez, dicho signo estuviera disponible para su registro como marca, es decir no incurriera en prohibiciones relativas. En consecuencia, la exhibición de la marca en una exposición oficial no permite derivar derechos para el solicitante que no la adquiere generalmente por su uso no siendo tampoco relevante el requisito de la novedad a la hora de permitir su registro.

¿Cuánto cuestan los derechos de propiedad industrial? El coste varía según la modalidad de que se trate y de forma muy general puede decirse que: Una marca nacional cuesta alrededor de 139 ¿ una sola clase y 90¿ por clase. Las renovaciones son cada 10 años y el importe 160,86¿. Diseño de 72 a 200¿ según el nº de diseños que se protejan en las misma solicitud. Las renovaciones son cada 5 años por alrededor de 75 ¿. Las patentes nacionales cuestan entre 700-1200 ¿ según se solicite o no examen previo. Las anualidades aumentan cada año y oscilan entre los 22¿ de la 3ª anualidad a los 620¿ de la 20ª anualidad. En el caso de las patentes es importante tener en cuenta que las tasas son iguales para todas las solicitudes, independientemente de cuál sea su temática.

¿Qué son la caducidad y la nulidad de los derechos de propiedad industrial? Los derechos de propiedad industrial son temporales y pueden ¿desaparecer¿ por diversas causas. La nulidad de un derecho de propiedad industrial equivale a que ese derecho no hubiera existido nunca, porque no debió concederse. Entre las causas de nulidad pueden mencionarse, por ejemplo, que no se cumplen los requisitos que exige la ley o que el titular no tuviera derecho a obtenerlo. La caducidad supone que el derecho se ¿extingue¿ porque no se cumple algunas de las obligaciones que exige la ley, como el pago de las tasas de mantenimiento o la explotación del derecho.

¿Es aconsejable realizar una búsqueda de anterioridades antes de una solicitud de un derecho de propiedad industrial? Sí. Antes de presentar una solicitud es conveniente realizar una búsqueda para comprobar que la creación que quiere registrarse no esta ya protegida.Las búsquedas se pueden realizar utilizando las bases de datos de acceso gratuito que ofrece la OEPM, o utilizando los servicios de pago que realiza esta oficina.

¿Existe el riesgo de que el personal de la OEPM o de la AGENCIA IDEA den a otras personas información contenida en una solicitud que está en trámite? No. Todas las solicitudes se tramitan en el más estricto secreto hasta el momento de su publicación.

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¿Qué ocurre si dos personas presentan por separado una solicitud para la misma invención? El derecho a obtener la protección corresponde al que haya presentado la solicitud primero, siempre y cuando esta solicitud se conceda posteriormente. Por ello, cuando se solicita un derecho de propiedad industrial, se le asigna una fecha de presentación, indicando hora y minuto exacto.

¿Qué significa ¿suspenso¿ en la tramitación de un derecho de Propiedad Industrial? ¿Y si no se subsanan los defectos de una solicitud? Se relaciona con la existencia de deficiencias en la solicitud, que obligan a paralizar el proceso de concesión hasta que éstas se resuelvan. Si el titular ha sido requerido para subsanar defectos en una solicitud y no lo hace, la solicitud quedará denegada total o parcialmente, según la naturaleza del defecto.

¿Por qué procedimientos de tramitación puede optar el solicitante para llegar a la concesión de una patente en España? El solicitante puede elegir voluntariamente entre el Procedimiento General de Concesión o el Procedimiento con Examen Previo. En ambos casos la OEPM, una vez recibida la solicitud y examinada formalmente, procede a elaborar lo que se conoce como Informe sobre el Estado de la Técnica (IET), en el que se indican aquellos documentos que a juicio del examinador responsable se relacionan con la solicitud de patente analizada. En el caso de que el solicitante opte por el Procedimiento general, la solicitud acaba concediéndose, siempre que el solicitante continúe con el proceso y aunque el IET sea desfavorable. Si se opta por el Procedimiento con Examen Previo la OEPM examina a fondo la solicitud de patente y procede a su concesión o bien a su denegación (total o parcial).

¿Qué requisitos son necesarios para obtener una patente o un modelo de utilidad? Tanto para patentes como modelos de utilidad son requisitos necesarios que las invenciones sean nuevas, impliquen actividad inventiva y tengan aplicación industrial. En el caso de los modelos de utilidad estos requisitos son similares a las patentes, es decir, novedad y actividad inventiva, aunque se aplican de una manera menos estricta. Además los modelos de utilidad van a ser siempre objetos (instrumentos, herramientas, aparatos, dispositivos) cuya configuración, estructura o constitución determina una ventaja apreciable para su uso o fabricación. Por ello las invenciones de procedimiento, las variedades vegetales o las invenciones que incorporan materia biológica no pueden ser protegidas como modelos de utilidad.

¿Qué es una adición a una patente? El titular de una patente en vigor puede proteger las invenciones que perfeccionen o desarrollen la invención principal solicitando lo que se denomina adiciones a la patente. Estas mejoras o perfeccionamientos deben siempre estar integrados con el objeto de la patente principal en lo que se conoce una misma unidad inventiva. Las adiciones tienen la misma duración que le quede a la patente, no están sujetas al pago de anualidades y los modelos de utilidad no pueden tener adiciones.

¿Se divulgan al público las solicitudes de patentes? Las oficinas de patentes otorgan las patentes a cambio de la divulgación de la invención, de manera que pasa a estar disponible para el público en general. Sólo en la primera fase del procedimiento de concesión de patentes, el expediente es secreto, pues se evalúa si la invención tiene relevancia para la seguridad nacional, en cuyo caso la patente sería Secreta. Pero en todos los casos, y siempre y cuando el solicitante no retire la solicitud, la patente será publicada y divulgada en la forma que establece la ley.

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¿Qué ventajas tienen las patentes frente al secreto industrial? La diferencia entre optar entre uno y otro sistema consiste en que las patentes ofrecen siempre una mayor seguridad: cualquier persona que sin estar autorizada utilice esta invención podrá ser demandada, conociera o no la existencia de esta patente. En cambio, el secreto industrial ofrece una protección más débil que se limita al derecho a exigir una compensación económica a cualquier persona que esté obligada a respetar ese secreto (básicamente empleados) y lo divulgue o lo utilice en beneficio propio o ajeno. En otras palabras, el secreto industrial tiene sólo una protección contra el espionaje.

¿Por cuánto tiempo se concede una patente y/o un modelo de utilidad? Veinte años desde la fecha de su presentación en el caso de las patentes y diez años para los modelos de utilidad. Sólo en el caso de las patentes de productos farmacéuticos y fitosanitarios es posible solicitar lo que se conoce como Certificado Complementario de Protección (CCP) que extiende, por un periodo máximo de cinco años, la protección conferida una vez la patente haya caducado.

¿Cuáles son las principales obligaciones del titular de la patente? A cambio del monopolio de explotación otorgado por el Estado, el titular está obligado a describir su invención de modo que un experto medio en la materia pueda ejecutarla (publicando esa descripción, el Estado consigue que se incremente el acervo tecnológico nacional). También tiene la obligación de explotar la patente, bien por sí mismo o bien a través de persona autorizada por él.

¿A quien pertenece una patente si la invención es desarrollada de manera conjunta por grupos de investigación de diferentes países? Cuando una invención surge de la colaboración entre grupos de investigadores de diferentes países, la titularidad de la misma será compartida por todas las entidades que participan, en la proporción que corresponda en función de las aportaciones efectuadas por los investigadores.

¿Se pueden introducir modificaciones en la solicitud de una patente o de un modelo de utilidad en fecha posterior a la presentación de la solicitud? Sí. Durante el procedimiento de concesión se pueden hacer modificaciones siempre que no amplíen el objeto de la invención inicialmente solicitada, pero únicamente en los momentos previstos en la ley.

¿Es obligatorio explotar una patente? El titular de la patente está obligado a explotarla, bien por si mismo o a través de una persona autorizada por él, mediante su ejecución en España o en el territorio de un miembro de la Organización Mundial del Comercio. La explotación deberá realizarse dentro del plazo de cuatro años desde la fecha de presentación de la solicitud de patente, o de tres años desde la fecha en que se publique la concesión de ésta en el "Boletín Oficial de la Propiedad Industrial", con aplicación automática del plazo que expire más tarde. En el caso de que la patente no sea explotada podrá caducar.

¿Qué son las licencias de pleno derecho? El titular de una patente puede comunicar por escrito a la Oficina Española de Patentes y Marcas que está dispuesto a autorizar la utilización de la invención a cualquier interesado, en calidad de licenciatario. Estas licencias reciben el nombre de pleno derecho y le permiten reducir al titular de la patente las tasas anuales, que pasan a ser la mitad después de que sea recibida en la OEPM esta declaración. Cualquier persona está legitimada para utilizar la invención

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en calidad de licenciatario no exclusivo, de forma que pueden existir para la misma patente varias licencias de pleno derecho.

¿Puede solicitar una patente un trabajador de una empresa que se marcha a otra de la competencia? Dependerá del tiempo que haga desde que se marcho de la empresa. La ley establece que las invenciones para las que se presenta una solicitud de patente dentro del año siguiente a la extinción de la relación de trabajo o servicio pueden ser reclamadas por el empresario.

¿Pueden copiar un invento protegido por una patente haciendo modificaciones mínimas? El derecho concedido por la patente no protege exclusivamente la invención reivindicada, sino también los llamados equivalentes, esto es, para determinar la protección no sólo se tiene en cuenta el contenido de las reivindicaciones, apoyado por la descripción y los dibujos, sino también lo que se considere equivalente: un medio se considera equivalente si tiene la misma función, modo y resultado.

¿Qué es una Marca?, ¿Qué es un Nombre Comercial? ¿Qué es una Denominación Social? La marca y el nombre comercial son signos distintivos que se protegen mediante títulos otorgados por el Estado y que confieren a su titular el derecho exclusivo de utilizarlos en el tráfico económico, e impedir a otros la utilización en España de los signos distintivos protegidos u otros idénticos o similares aplicados a productos o servicios idénticos o semejantes. La marca es un signo que permite a los empresarios distinguir sus productos o servicios frente a los productos o servicios de los competidores. El nombre comercial es el signo o denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para identificarla, individualizarla y distinguirla de las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares. La denominación social es el nombre que identifica a una persona jurídica en el tráfico mercantil como sujeto de relaciones jurídicas y, por tanto, susceptible de derechos y obligaciones.

¿Cuántos tipos de marcas existen? De productos y servicios: individualizan productos y servicios respectivamente. También se conocen como marcas individuales. Colectivas: individualizan productos o servicios de una asociación de fabricantes, comerciantes etc¿ De garantía: certifica las características comunes de los productos y servicios elaborados o distribuidos por personas debidamente autorizadas y controladas por el titular de la marca.

¿En que se diferencia la Marca del Diseño Industrial? La marca es un signo que sirve para distinguir productos o servicios y que puede incluir formas bidimensionales y tridimensionales. El diseño industrial es un derecho de exclusiva que se otorga sobre la apariencia externa de un producto y que tiene requisitos distintos a la marca. Son susceptibles de protección las formas bidimensionales (por ejemplo, el estampado de una corbata) y las tridimensionales (por ejemplo, la forma de una maleta, la carrocería de un coche).

¿Por cuánto tiempo se concede una marca o un nombre comercial? Diez años desde la fecha de su solicitud. A los diez años la marca y/o el nombre comercial debe renovarse. La marca y/o el nombre comercial pueden renovarse indefinidamente. La OEPM le avisará del vencimiento de dicho plazo con antelación suficiente. Es importante que comunique a la OEPM cualquier cambio de domicilio. Es recomendable que señale como medio de notificación preferente una dirección de correo electrónico, dada la rapidez con la que recibirá cualquier aviso por este medio. No obstante lo anterior debe tenerse en cuenta que todavía siguen en vigor algunos registros nacionales concedidos bajo la antigua legislación de marcas por lo que, si su fecha de solicitud es previa

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al 12 de mayo de 1989 se recomienda consultar con los servicios de información de la Oficina a fin de determinar la próxima fecha de renovación y pagos de su marca nacional.

¿Cuánto cuesta obtener una marca o nombre comercial en España? El coste, por la inscripción de una marca o nombre comercial es de alrededor de 140¿ por clase solicitada. Para mantener estos derechos hay que hacer frente a las renovaciones cada diez años. El importe de estas tasas se actualiza anualmente a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado y su montante figura en la página web de la OEPM B163( www.oepm.es )

¿Qué requisitos son necesarios para obtener una marca o un nombre comercial? Es necesario que el signo que se pretende registrar sea lícito, y susceptible de realizar las funciones que debe acometer la marca, identificar y diferenciar lo cual implica que no incurra en ninguna de las prohibiciones absolutas que establece la ley, y que esté disponible, es decir que no entre en conflicto con otros derechos anteriores, ya sea a titulo de marca u otro derecho de la personalidad como es el derecho al nombre o a la propia imagen o a otro derecho de propiedad intelectual, etc.

¿La OEPM puede dar información sobre la registrabilidad de una marca o nombre comercial? Sí. La OEPM dispone de un servicio de elaboración de búsquedas a través del cual puede obtenerse la información relevante sobre la registrabilidad de un signo. Sin embargo, ese informe no prejuzga las resoluciones que la OEPM pueda adoptar si se presenta una solicitud de marca para proteger el signo en cuestión, o si un Tribunal debe decidir al respecto. Asimismo en la página web de la OEPM www.oepm.es existe un localizador de marcas al que se puede acceder de forma gratuita.

¿Se puede vender o transmitir una solicitud de marca o nombre comercial? Sí. Los derechos sobre una solicitud, o una marca o nombre comercial son transmisibles por todos los medios reconocidos por el derecho. Para que tengan efecto frente a terceros, los actos de transmisión deben ser inscritos en la OEPM.

¿Qué es un diseño industrial? En el ámbito de la Propiedad Industrial se entiende por diseño industrial la apariencia u ornamentación de un producto, que hacen que visualmente sea diferente a otro sin tener en cuneta ninguna de sus características técnicas o funcionales. Como norma general, un diseño industrial puede consistir en: elementos tridimensionales, como la forma de un producto, elementos bidimensionales, como los adornos, figuras, líneas o colores del producto, una combinación de elementos como los mencionados

¿Qué diferencia hay entre diseño industrial y modelo de utilidad? En los modelos de utilidad se protege la forma de un objeto porque determina una ventaja técnica del mismo, mientras que en los diseños industriales se protege la forma del mismo pero sólo por su originalidad, por el efecto estético que produce y que se aplica sólo a la ornamentación y presentación de los productos comerciales.

¿Qué es la Clasificación de Locarno? La Clasificación de Locarno es una Clasificación Internacional para los diseños industriales. El solicitante no tiene obligación de indicarla cuando presenta la solicitud, ya que la protección que se obtiene al registrar un diseño es

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independiente de su clasificación. La finalidad de la clasificación es, sobre todo, a efectos de búsqueda, no de protección en sí.

¿Se pueden presentar diseños que incluyan frases o palabras? No están admitidas las solicitudes de diseños que incluyan frases o palabras, sólo es posible combinaciones de letras sin ningún tipo de significado. En el caso de que se quieran registrar frases o palabras se puede optar pos hacer una solicitud de marca.

¿Cuanto dura la protección de un diseño industrial? ¿Cuanto dura la protección de un diseño industrial? El registro del diseño se otorga por cinco años contados desde la fecha de presentación de la solicitud, y puede renovarse por uno ó más períodos sucesivos de cinco años hasta un máximo de 25 años.

¿Qué esta prohibido registrar como diseño industrial? No se podrán registrar los diseños contrarios al orden público o a las buenas costumbres. Siguiendo las indicaciones del Convenio de la Unión de Paris no son registrables los diseños que supongan un uso indebido de escudos de armas, banderas y otros emblemas, siglas o denominaciones de organizaciones internacionales intergubernamentales, así como el escudo, la bandera y otros emblemas de España, sus comunidades autónomas, sus municipios, provincias u otras entidades locales, a menos que medie la debida autorización. Tampoco pueden registrarse los diseños que incorporen una marca u otro signo distintivo anteriormente protegido en España, y cuyo titular tenga derecho a prohibir el uso del signo en el diseño registrado.

¿Cuánto dura la protección de un diseño industrial? El registro del diseño se otorga por cinco años contados desde la fecha de presentación de la solicitud, y puede renovarse por uno ó más períodos sucesivos de cinco años hasta un máximo de 25 años.

¿Qué es una invención laboral? Es la realizada por el trabajador durante la vigencia de un contrato o relación laboral fruto de la actividad investigadora del trabajador siempre que la misma constituya el objeto del contrato laboral, es decir, siempre que el trabajador hubiera sido contratado con ese fin. Las invenciones laborales pertenecen al empresario.

¿Puedo patentar una invención en España que ya está patentada en el extranjero? Para que una invención cumpla con el requisito de novedad no puede estar comprendida en el estado de la técnica. El estado de la técnica esta constituido por todo lo que antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente se ha hecho accesible al público en España o en el extranjero por una descripción escrita u orla, por una utilización o por cualquier otro medio. En el caso planteado, al estar la invención patentada por una empresa en otro país, esta invención pertenece al estado de la técnica y por tanto no puede ser patentada

Si ha decidido proteger una invención, ¿es importante presentar la solicitud cuanto antes? Sí. De esta manera obtiene una fecha de presentación de la solicitud lo más temprana posible frente al que la solicite posteriormente y por una tasa módica. Aún cuando no tenga ultimados todos los requisitos formales, teniendo los imprescindibles, conviene presentar la solicitud y cumplir posteriormente con todos los requisitos.

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¿Qué diferencias hay entre Propiedad Industrial e Intelectual en España? En España la Propiedad Industrial protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria: patentes y modelos de utilidad, signos distintivos y diseños. Por el contrario la Propiedad Intelectual se reserva para la protección de las creaciones del espíritu en las que queda plasmada la personalidad del autor, tratándose de creaciones únicas y no producidas industrialmente o en serie, como las obras literarias o de contenido creativo. Para cada una de ellas existen leyes diferentes y los organismos encargados de su gestión son también distintos: la Oficina Española de Patentes y Marcas interviene en el reconocimiento de los derechos de propiedad industrial y el Registro de la Propiedad Intelectual en el de los derechos de Propiedad Intelectual.

¿Puede solicitarse una patente o modelo de utilidad a nombre de una empresa? Sí, el solicitante puede ser una empresa, pero la solicitud debe incluir el nombre del inventor/es.

¿Cómo se solicita una marca o un nombre comercial? Se presenta personalmente o a través de representante o Agente de la Propiedad Industrial, una solicitud ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o en los Centros Regionales de Información de Propiedad Industrial de las CCAA (en Andalucía cualquiera de las Gerencias Provinciales de la Agencia IDEA), Oficinas de Correos (en sobre abierto, por correo certificado y con acuse de recibo), en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, Áreas de Industria y Energía o por vía telemática, mediante una solicitud electrónica, a la que se accede a través de la página web de la OEPM www.oepm.es.

Esta Guía tiene un carácter orientativo. Su contenido ha sido tratado con el máximo cuidado, no obstante el editor no asume responsabilidad alguna por cualquier error o inexactitud que haya podido producirse de forma involuntaria. Si tiene intención de solicitar algún Programa de Ayuda debe contactar directamente con el organismo responsable.

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